sábado, 26 de junio de 2010

Artículo 123 constitucional


El artículo 123 nos dice que los niños menores de 14 años no deben trabajar. ¿Conoces alguien que si trabaje? ¿Qué opinas?

1 comentario:

  1. Considero que el hecho de trabajar a los 14 años tiene que ver con las circunstancias, por ejemplo no es lo mismo que salgan a trabajar junto con los padres por formación, partiendo de la base que los propios padres los acompañan y los apoyan.

    A diferencia de TENER que trabajar, ya sea porque los padres los obligan o porque existen tantos problemas intrafamiliares (necsidad economica sobre todo).

    De ahi nace la gran diferencia.

    Y de conocer a alguien que trabaje si, en los dos casos que ya planteé, uno es un chico que su padre en los veramos lo lleva a trabajar con él,, pero el otro muy distinto,, su padre es alcohólico y el chico y su madre tienen que trabajar para salir adelante.

    En resumen, pienso que no es malo siempre y cuando no se afecte la parte psicológica, física y emocional del chico (a), y que esté bajo el apoyo y dirección de los padres y sobre todo que no sean trabajos que pongan en riesgo su vida.

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